SUBSECRETARIO GALILEA: “SI QUEREMOS ADMINISTRAR DE FORMA RESPONSABLE LOS RECURSOS PESQUEROS TENEMOS QUE REGULAR LAS CAPTURAS”
publicado el 12/28/2013

Se dieron a conocer las cuotas de capturas establecidas para el 2014, para los sectores artesanal e industrial, de acuerdo a la propuesta elaborada por los Comités Científicos Técnicos Pesqueros.

Se dieron a conocer los decretos que definen las cuotas pesqueras de captura establecidas para el año 2014, para el sector artesanal e industrial, de acuerdo a la propuesta elaborada por los Comités Científicos Técnicos Pesqueros.

La nueva ley modificó la forma en la que se han establecido las cuotas durante los últimos 10 años, las que bajo el nuevo esquema se deben definir sólo en base a criterios científicos y de sustentabilidad de los recursos.

Durante 2013 el Instituto de Fomento Pesquero, IFOP, recopiló la información científica de las 16 principales pesquerías del país y emitió informes, en base a los cuales, los distintos comités científicos técnicos establecieron los rangos de cuotas que garantizan la sustentabilidad de los recursos y dentro de los cuales la autoridad tuvo que fijar las cuotas, que regirán al sector durante 2014.

Así, se aprecia, por ejemplo, en el norte, una leve caída de la anchoveta XV- II Región desde 800.000 toneladas a 750.000 toneladas, mientras que en el centro, la merluza común baja de 40.000 toneladas a 19.000 toneladas y la jibia se mantiene en 200.000 toneladas. En el caso del sur, la anchoveta V –X Región cae de 120.000 toneladas a 42.200 toneladas y la sardina común V –X Región, disminuye de 605.000 toneladas a 373.000 toneladas. Finalmente, la cuota de jurel sube de 250.000 toneladas a 298.000 toneladas.

Al respecto, el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Pablo Galilea, señaló: «Es importante que entendamos que la disminución de algunas cuotas es consecuencia del complejo estado en que se encuentran las pesquerías, y que la única forma de recuperar los recursos es limitándolas a niveles que permiten la explotación sustentable de éstos en el tiempo. Hoy contamos con una nueva institucionalidad que permitirá la recuperación de los recursos y que conllevará a futuro a contar con más y mejores empleos y un mayor aporte a la economía del país de la pesca extractiva».

«La ley ahora nos mandata a que se administren en forma responsable y sustentable los recursos pesqueros y a respetar las propuestas de los Comités Científicos con respecto a las cuotas de capturas. Tenemos que contar con una mirada a largo plazo y entender que solo estas acciones nos permitirán recuperar efectivamente los recursos pesqueros del país. Lo que ha ocurrido con el jurel y las medidas que se han tomado en los últimos años son prueba de ello», concluyó la autoridad.

Planes de Mitigación

En este contexto, el Gobierno ha creado programas enfocados en el desarrollo productivo de la pesca artesanal; el fortalecimiento de las campañas de promoción del producto, para aumentar su precio de venta y la mejora de los canales de comercialización, para abrir nuevos destinos para estos productos con mayor valor agregado.

Mientras que en el caso de los trabajadores de las plantas de proceso, la ley establece una plataforma social que incorpora beneficios que permitirán la reinserción laboral para aquellos trabajadores del sector industrial, que pierdan su trabajo, entre otras herramientas.

Además, es importante señalar que la nueva ley de pesca establece medidas de mitigación para pescadores artesanales, tripulantes de naves especiales y trabajadores de plantas de proceso, en el caso de las pesquerías agotadas como la merluza austral, los que se harán efectivos una vez que se constituyan los Comités de Manejo durante 2014. Entre sus funciones, estos comités elaborarán planes de manejo para las pesquerías en riesgo.

En este sentido, la autoridad explicó que «mientras se implementan estos planes de manejo para las pesquerías sobreexplotadas, el Ejecutivo en coordinación con los Gobiernos Regionales está apoyando al sector pesquero artesanal en aquellas regiones que se han visto enfrentadas a problemas de disponibilidad de los recursos pesqueros».

Finalmente, la autoridad señaló que la cuota de captura que se define en diciembre, durante el año siguiente podrá modificarse siempre que existan nuevos antecedentes técnicos. «Estos deberán ser sometidos al análisis al interior de los Comités Científicos Técnicos, según lo establece la Ley General de Pesca y Acuicultura, como sucede con los resultados del crucero de investigación de anchoveta y sardina que se realiza en marzo de cada año», explicó Galilea.

Cuotas Anuales de Captura, Año 2014          
             
    Cuotas (ton)     Fracción (%)  
Pesquerías/año 2011 2012 2013 2014 Art – Ind  
Pesquería Pelágicas            
Anchoveta XV-II región 1.350.000 800.800 800.000 751.000 12,5 – 87,5  
Sardina española XV-II región 8.000 5.000 5.000 2.000  
Anchoveta III-IV región       84.800    60.000    60.000    52.700 50 – 50  
Sardina española III-IV región 2.500 2.500 2.500 1.400  
Sardina común V-X región 1.100.000 1.050.000 605.000 373.000 78 – 22  
Anchoveta V- X región 80.000 78000 120.000 42.200  
Sardina austral X región     22.000 18.750 100 – 0  
Sardina austral XI región     7.000 8.000 100 – 0  
284000 252.000 249.796 298.000 10 – 90  
          5-95 XV -II  
             
Pesquería Demersales            
Bacalao de profundidad, norte.     1.393 988 100 – 0  
Bacalao de profundidad, sur 3.090 3.090 3.090 1.098 licitado  
Merluza común, IV región al 41°28,6 LS 48.000 45.000 40.000 19.000 40 – 60  
Merluza de cola, V a XII región(57°LS) 119471 98.400 60.000 40.000 0 – 100  
Merluza del sur,  41°28,6 al 57°LS 24.000 23.000 21.000 12.120 60 – 40  
Merluza de tres aletas (41° 25.000 25.000 25.000 14.440 0 – 100  
Congrio dorado,  norte         2.900       2.320      1.169          764      50 – 50  
Congrio dorado,  sur     700 271  
Jibia Sin Cuota 180.000 200.000   200.000      80-20  
Reineta Sin cuota Sin cuota sin cuota 18.082 100 – 0  
Pesquería Crustáceos            
Langostino amarillo, III-IV 3.100 3.100 2.100 2.088 33 – 67  
Langostino colorado, XV a IV 1.970 1.500 2.100 841 36,6 – 63,4  
Langostino amarillo V a VIII 2.600 1.900 1.200 1.200 licitado  
Langostino colorado V a VIII 3.600 5.130 7.500 8.000 licitado  
Camarón nailon II a VIII región 5.200 5.200 5.200 4.777 20 – 80  
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