PRESIDENTE PIÑERA: “LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA HA CONFIRMADO EN LO SUSTANCIAL LOS ARGUMENTOS DE LA POSICIÓN CHILENA”
publicado el 01/27/2014

* Destacó que «la Corte, por 15 votos a 1, ha reconocido la existencia de un acuerdo de límite marítimo», precisando que «ese paralelo pasa por el Hito 1», el cual «constituye el punto inicial del límite marítimo entre Chile y Perú», que fue uno de los principales argumentos expuestos por la defensa chilena.

* Explicó que el fallo «reconoce y cautela en su total integridad las 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de Chile, sobre el cual Chile mantiene plenos y absolutos derechos», añadiendo que «confirma que Chile conserva la casi totalidad de sus derechos de pesca y, muy especialmente, de nuestros pescadores artesanales, e igualmente mantiene y resguarda íntegramente la conectividad y la proyección marítima de la ciudad de Arica, así como la posición geográfica estratégica que esa ciudad tiene».

* Asimismo, agradeció «el gran trabajo que tantos, con tanta dedicación y compromiso, hicieron por la defensa de los legítimos derechos e intereses de nuestro país, y también, por la permanente actitud de unidad y colaboración que mostraron todos los chilenos y chilenas», al tiempo que formuló un llamado para que «Chile y Perú concentren sus agendas, visiones, esfuerzos y compromisos en la agenda del futuro, que es la agenda de la integración, de la paz y de la colaboración entre ambos países, en beneficio de ambos pueblos».

A continuación, la declaración completa del Mandatario en el Palacio de La Moneda:

Muy buenas tardes:

Hoy la Corte Internacional de Justicia de La Haya dio a conocer su decisión respecto del diferendo marítimo que le fuera planteado por Perú el año 2008.

Para efectos de entender el significado y el alcance de este fallo, es necesario recordar cuál fue la esencia de la controversia sometida a la Corte y cuáles fueron las posiciones fundamentales asumidas y defendidas por Chile y por Perú.

La controversia básica sometida a la Corte de La Haya era determinar la existencia o no existencia de un acuerdo que fijó los límites marítimos entre Chile y Perú. La posición peruana negaba la existencia de ese acuerdo y, en consecuencia, solicitaba a la Corte que fijara el límite marítimo en la zona de controversia, mediante una línea equidistante de las líneas de base de ambos países y, adicionalmente, solicitaba a la Corte que el punto de partida de esa línea equidistante debía ser el punto 266, el que según la posición peruana correspondía al último punto de la frontera terrestre entre ambos países.

La posición chilena sostenía que sí existía un acuerdo entre las partes, refiriéndose a los Acuerdos del año 52 y del 54, y que ellos habían fijado el límite marítimo entre ambos países en el paralelo que pasa por el Hito 1, el que corresponde al punto en que la frontera terrestre entre ambos países llega al mar, y que ese paralelo se extendía hacia el mar hasta las 200 millas.

Hoy la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha confirmado en lo sustancial los argumentos de la posición chilena.

En efecto, la Corte, por 15 votos a 1, ha reconocido la existencia de un acuerdo de límite marítimo y que ese límite marítimo es, en parte, un paralelo geográfico. Y, adicionalmente, y también por 15 votos a 1, ha confirmado que ese paralelo pasa por el Hito 1 y no por el punto 266, y que ese Hito 1 constituye el punto inicial del límite marítimo entre Chile y Perú.

La confirmación del Hito 1 como punto inicial de la frontera marítima entre ambos países, reviste una particular importancia, ya que si bien ambos países discrepaban respecto a dónde comienza la frontera marítima, el Hito 1, según Chile, el punto 266, según Perú, ambos países siempre coincidieron en que la frontera marítima comienza en el último punto de la frontera terrestre.

En consecuencia, la confirmación por parte de la Corte de La Haya que la frontera marítima comienza en el paralelo del Hito 1, ratifica nuestro dominio sobre el triángulo terrestre respectivo.

No obstante haber dado la Corte razón a Chile en estos aspectos esenciales antes mencionados, también la Corte resolvió, por 10 votos a 6, que el contenido de los acuerdos de límites entre ambos países carecía de la suficiente claridad y precisión y que, en consecuencia, no se podía concluir que la voluntad de las partes fuera fijar el límite marítimo a través del paralelo hasta la milla 200.

Y siguiendo esta interpretación, la Corte determinó que el límite marítimo es el paralelo que pasa por el Hito 1, hasta una distancia de 80 millas. Y que, a continuación de ese punto, y hasta las 200 millas, la frontera marítima deberá fijarse mediante una línea equidistante de las líneas de base de ambos países.

Sin duda Chile discrepa profundamente de esta decisión de la Corte, ya que todos los acuerdos, declaraciones y alegatos sobre esta materia, hechos tanto por Chile como por Perú, y la práctica consistente de ambos países durante los últimos 60 años, siempre se refirieron única y exclusivamente a las 200 millas.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario e importante destacar que el fallo dado a conocer hoy por la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en primer lugar reconoce y cautela en su total integridad las 12 millas que constituyen el mar territorial y soberano de Chile, sobre el cual Chile mantiene plenos y absolutos derechos.

En segundo término, el fallo reconoce una Zona Económica Exclusiva para Chile, a partir del paralelo que pasa por el Hito 1 y hasta las 80 millas mar adentro, y a partir de ese punto, la zona al Oeste y al Sur de la línea equidistante de las líneas de base de ambos países.

Es importante destacar que la casi totalidad de la pesca existente en la zona norte de nuestro país se produce al Este de la milla 60. En consecuencia, se produce íntegramente dentro de la Zona Económica Exclusiva de nuestro país, reconocida por la Corte. En consecuencia, el fallo confirma que Chile conserva la casi totalidad de sus derechos de pesca y muy especialmente sus derechos de pesca de nuestros pescadores artesanales, e igualmente mantiene y resguarda íntegramente la conectividad y la proyección marítima de la ciudad de Arica, así como la posición geográfica estratégica que esa ciudad tiene.

Esto, sin duda, nos alegra enormemente, por nuestros compatriotas de la Región de Arica y Parinacota y por todos los compatriotas de nuestro país.

Esta decisión de la Corte significa que Chile debe ceder derechos económicos en una zona de aproximadamente 20 a 22 mil kilómetros cuadrados, al Oeste de la milla 80 y al Noroeste de la línea equidistante antes mencionada, hasta la milla 200. Si bien en esta zona Chile mantiene en plenitud sus libertades de navegación marítima y navegación aérea, sin duda, esta cesión constituye una lamentable pérdida para nuestro país.

En virtud del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, conocido como el Pacto de Bogotá, del año 48, suscrito por Chile ese mismo año y ratificado por nuestro país el año 1967, Chile, y lo mismo aplica para Perú, aceptaron la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. En consecuencia, las decisiones de esa Corte son vinculantes para ambos países, los cuales, confirmando su tradición de respeto al derecho internacional, se han comprometido a aceptarlas y también a cumplirlas.

Chile cumplirá y exigirá el cumplimiento del fallo de la Corte de La Haya. Dada la naturaleza y el contenido de ese fallo, su implementación deberá ser gradual y requerirá de acuerdos entre las partes.

Quiero asegurar a mis compatriotas que en la implementación de este fallo, este Presidente, y estoy seguro lo mismo hará la Presidenta electa, tomaremos todas las acciones y medidas necesarias para resguardar y proteger debidamente los legítimos derechos e intereses de nuestro país y, al mismo tiempo, buscaremos que ambos países resuelvan todos los temas pendientes de forma tal de permitir que Chile y Perú concentren sus agendas, sus visiones, sus esfuerzos y sus compromisos en la agenda del futuro, que es la agenda de la integración, la agenda de la paz y la agenda de la colaboración entre ambos países, en beneficio de ambos pueblos.

Al terminar mis palabras, quiero hacer un sentido reconocimiento y expresar mi más profunda gratitud por el gran trabajo que tantos, con tanta dedicación y compromiso, y durante tanto tiempo, hicieron por la defensa de los legítimos derechos e intereses de nuestro país, y también, por la permanente actitud de unidad y colaboración que mostraron todos los chilenos y chilenas, y todos los sectores de nuestra sociedad, honrando así esa hermosa y noble tradición republicana de Chile de enfrentar los temas internacionales, y particularmente los temas que dicen relación con límites o soberanía, con unidad, con patriotismo y como políticas de Estado.

Con posterioridad al término de la lectura del fallo por parte del presidente de la Corte, he conversado con el Presidente Ollanta Humala, del Perú, para analizar y acordar los pasos que vendrán, y también he conversado con la Presidenta electa de Chile. Con la Presidenta Michelle Bachelet hemos acordado coordinar las etapas que vendrán en materia de implementación de este fallo, las cuales serán responsabilidad de mi Gobierno hasta el 11 de Marzo de este año, y del Gobierno de la Presidenta Bachelet, a partir de esa fecha.

Y para estos efectos, hemos acordado reunirnos, junto al actual y al futuro Canciller, hoy a partir de las cuatro de la tarde, en esta Casa de La Moneda.

Finalmente, también le he expresado a la Presidenta electa Michelle Bachelet, que a partir del 11 de Marzo contará con el total y absoluto apoyo y respaldo de este Presidente, en relación a la implementación de este fallo, cada vez que ella así lo requiera.

Muchas gracias.

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